Subsidio del Agua Potable
Requisitos para acceder al Subsidio del Agua Potable
Debe ser residente permanente de una vivienda ubicada en el Área Urbana o Rural (propietario, arrendatario ).
La Vivienda debe contar con conexión al Servicio de Agua Potable.
Debe estar al día en los pagos. En caso de presentar morosidad deben repactar la deuda o realizar convenio con el Prestador o Administrador.
Debe estar encuestado con el RSH en el domicilio que vive.
Deben presentar postulación en la Municipalidad donde tiene su residencia.
El subsidio al consumo se extingue por:
a. Dejar de cumplir alguno de los requisitos establecidos para su otorgamiento.
b. Una vez asignado el beneficio se entenderá que los beneficiarios se encuentran al día si no han acumulado tres cuentas consecutivasinsolutas o si han establecido un convenio de pago de sus deudas con el prestador respectivo.
c. Por cambio de domicilio fuera de la comuna.
d. Por no informar a la Municipalidad el cambio de domicilio dentro de la comuna con a lo menos 30 días de anticipación.
e. Por renuncia voluntaria del beneficiario.
SUBSIDIO UNICO FAMILIAR
Es el beneficio equivalente a la Asignación Familiar en su primer tramo, para personas de escasos recursos, que no pueden acceder al beneficio del DFL Nº 150, de 1982, por no ser trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional.
Valor del Subsidio Familiar a contar del 01 de Marzo del 2019: $ 12.364
Causantes del Subsidio Familiar y sus requisitos
- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
- La mujer embarazada.
- Los Inválidos a que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Subsidio de Discapacidad Mental del D.L. Nº 869, de 1975 ni de PBSI. Monto del Subsidio Familiar Duplo: $ 24.728 a contar del 01 de Marzo 2019.
Requisitos
- Haber solicitado por escrito el beneficio en la Municipalidad que corresponda al domicilio.
- Tener un porcentaje menor o igual al 60 % en el RSH. Esto implica pertenecer al 60 % de la población más vulnerable.
- No estar en situación de proveer por si sólo o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante, atendidas las condiciones sociales y económicas del beneficiario
- Documentos a presentar
- Certificado de nacimiento del menor
- Cedula de identidad del postulante
- Certificado de la AFP con las ultimas 12 cotizaciones
- Certificado alumno regular (del colegio) mayores de 6 años
- si tiene discapacidad física o mental documento del Compin que autoriza el duplo
- Fotocopia carnet de control menores de 6 años ( nombre, control y vacunas)
- Si Ud. es tutor del menor debe traer certificado del tribunal.
SUBSIDIO UNICO FAMILIAR A LA MADRE
Es un beneficio establecido por la ley N°18020 destinado a personas de escasos recursos que no perciben Asignación Familiar, el cual consiste en la entrega de un subsidio mensual por un valor de $ 10.269 . dicho beneficio dura 3 años al cabo de ellos se puede volver a postular un mes antes de su vencimiento, tener aplicado el registro social de hogares en la comuna que vive con un porcentaje de hasta el 60% mas vulnerable. requisitos fotocopia de carnet por ambos lados y estar percibiendo Subsidio Único Familiar por algún hijo menor de 18 años. extinción del beneficio : por dejar de tener hijos que cumplan con los requisitos que le da el derecho a beneficio, fallecimiento del beneficiario, por no cobro durante 6 meses consecutivos.
Enlace a mayor información:
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SUBSIDIO UNICO FAMILIAR A LA MADRE EMBARAZADA
Es un beneficio que consiste en un aporte en dinero pagado por una sola vez. Pueden postular mujeres embarazadas de escasos recursos sin previsión social y que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
Se postula a contar del Quinto mes de gestación.
Este beneficio es incompatible con el Subsidio Único Familiar a la madre. Debe tener aplicado la ficha de Registro Social de Hogares y pertenecer al 60 % mas vulnerable.
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SUBSIDIO UNICO FAMILIAR DUPLO
Es un beneficio destinado a niños y niñas menores de 18 años de escasos recursos y sin previsión social con alguna discapacidad física, psíquica o sensorial acreditada por el COMPIN.
Este beneficio consiste en la entrega de un subsidio Único Familiar Mensual Doble, este beneficio dura 3 años y al momento de volver a postular debe ser evaluado nuevamente por el COMPIN.
Tener aplicado de la ficha Registro Social De Hogares en la comuna que reside con un porcentaje hasta el 60% más vulnerable.
Requisitos; menores de 6 años, certificado del COMPIN aprobado el Duplo, Fotocopia carnet ,Control Niño Sano, Certificado de Nacimiento. Mayores de 6 años Certificado del COMPIN aprobado, Certificado de alumno regular al día, Certificado de Nacimiento.
Subsidio económico otorgado por el estado a la madre,
padre o tutor (a)
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SUBSIDIO UNICO FAMILIAR AL RECIEN NACIDO
Es un beneficio destinado a niños y niñas menores de 0 a 3 meses, de escasos recursos y que sus madres hayan sido beneficiadas con el subsidio maternal.
Requisitos haber ingresado al recién nacido al registro social de hogares y tener un porcentaje hasta el 60% de menores ingresos.
Certificado de Nacimiento para asignación familiar, Fotocopia carnet de control niño sano.
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SUBSIDIO DE DISCAPACIDAD MENTAL
Es un subsidio mensual para personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad es un beneficio no contributivo, consistente en una prestación pecuniaria mensual de monto igual para todos los beneficiarios.
El Subsidio a la Discapacidad mental, se reajusta anualmente, en el 100% de la variación experimentada por el IPC y el monto vigente para este programa a contar del 01 de Enero de 2019, asciende a $69.307 mensuales.
· Su condición debe ser evaluada y declarada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente.
· pueden postular por intermedio de la persona que los tenga a su cargo.
Requisitos para obtener el Subsidio
· Las personas deben ser menores de 18 años de edad.
· Haber sido declarado con discapacidad mental de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 18.600.
· Presentar Registro Social de Hogares con un porcentaje no superior al 20 %.
· Tener Residencia mínima continua de tres años en el país y presentar postulación.
· Carecer de recursos. Esto significa no tener ingresos propios ni per cápita del grupo familiar superiores al 50% de la pensión mínima (artículo 26º, Ley Nº 15.386). Monto de la Pensión mínima $ 138.585 por lo tanto, el ingreso debe ser inferior a $69.293
Incompatibilidad del Beneficio
· Los Subsidios de Discapacidad Mental son incompatibles con el goce de cualquier pensión.
· Quienes reciben un subsidio y cumplan con los requisitos para impetrar alguna del Sistema de Seguridad Social, pueden renunciar a éste en la solicitud de nueva pensión.
· El subsidio también es incompatible con el Subsidio Familiar de la Ley Nº 18.020.
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La comuna de San Antonio forma parte de la Provincia del mismo nombre, que se inserta en la V región de Valparaíso, ubicada en la zona central de Chile. Esta región está enmarcada por la Cordillera de Los Antes y el Océano Pacífico. Se extiende entre los 32° y 34' de latitud sur y desde los 70° de longitud oeste hasta el Océano Pacífico. Incluyendo los territorios insulares, la superficie de la región es de 16.396,1 Kms2. La región está compuesta por 7 provincias; Petorca, Los andes, San Felipe de Aconcagua, Quillota, Valparaíso y San Antonio e Isla de Pascua. La comuna de San Antonio es una de las seis comunas que componen la Provincia de San Antonio junto con Santo Domingo, Cartagena, El Tabo, El Quisco y Algarrobo. Esta provincia limita al norte con la provincia de Valparaíso, en el estero de Casablanca al Este con la Región Metropolitana, en la línea general Las Dichas, Paso Sepultura, Quebrada Los Canelos, Río Maipú (San Valentín); al Sur con el Río Maipo y al Oeste con el Océano Pacífico. La superficie provincial es de 1.511,6 kms2, donde hoy se ubican 125.896 habitantes. (Estimación del INE a partir del Censo 1992). La comuna se encuentra a 108 kilómetros al Oeste de Santiago y se conecta con ella por la ruta 78. A la V región se conecta por la ruta 68 y a la VI región por la Carretera de la Fruta. Limita al Norte con la línea de cumbres divisorias de aguas desde la Punta Vera a la Yegua, hasta la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del Estero del Puangue, pasando por el Morro Guanaco. Al Este con la línea de cumbres que limita por el poniente con la hoya del Estero de Puangue hasta el trigonométrico cerro Las Juntas, pasando por la cota 752, el Paso Sepultura, La Loma, Los maquis y los Cerros, Las Rosas, Bandurrias, El Quillay, y la cuesta San Diego; y el paralelo astronómico del trigonométrico cerro Las Juntas. Limita al sur con el Río Maipo, desde el paralelo astronómico del trigonométrico, Cerro Las Juntas hasta el mar Chileno. Limita al Oeste con el Mar Chileno, desde la desembocadura del Río Maipo hasta la Punta Vera a la Yegua. Entre los elementos que estructuran la topografía de la comuna se encuentran las terrazas costeras que abarcan prácticamente todo su litoral. Además, su territorio posee una extensa costa que enfatiza su vocación marítima. En el margen Oeste se distinguen además planicies modeladas por el océano, valles y lomajes suaves cuyo promedio es de 50 a 100 mts. de altura y que se ven ensanchadas especialmente en la desembocadura del Río Maipo y estero. En el tramo situado al Sur se advierte la presencia de la cordillera de la costa en la que se asienta la comuna | |