| INFORMACIÓN DEL TRÁMITE | 
            
            
                | 
                    No contar con la capacitación obligatoria para su personal, que los guardias no porten donde corresponde su tarjeta de identificación obligatoria y no presentar ante el organismo correspondiente el documento necesario para que la entidad funcione, entre otras son los tipos de infracciones a la seguridad privada.
                 | 
            
            
                | DOCUMENTOS A PRESENTAR | 
            
            
                
                    
                        - Boleta de citación.
 
                        - Cédula Nacional de Identidad al día.
 
                        - Acreditación vigente de la personería del Representante Legal de la empresa denunciada.
 
                        - En caso que se asista el abogado y no el representante legal, éste deberá presentar un mandato judicial vigente.
 
                        - En caso de que asista un trabajador de la empresa denunciada, deberá presentar poder especial otorgado ante notario público.
 
                        - Curso de perfeccionamiento aprobado más directiva de funcionamiento y credencial obligatoria al día.
 
                     
                 | 
            
            
                | PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 
            
            
                
                    
                        - Normalmente este procedimiento se inicia por denuncia del O.S.10 de Carabineros de Chile, a requerimiento del Gobernador Provincial.
 
                        - Una vez acogida la denuncia a tramitación, ésta debe ser puesta en conocimiento del Representante Legal de la empresa denunciada (notificación), citándolo en ese acto a rendir declaración ante el tribunal para los efectos de que comparezca ante el tribunal acompañando toda la documentación obligatoria.
 
                        - Si la empresa tiene en trámite alguna parte de la documentación requerida y así lo solicita, se le concede un plazo breve y prudencial para presentar la documentación exigida.
 
                        - Si la empresa denunciada no acompaña la documentación solicitada o no subsana las observaciones denunciadas por el órgano fiscalizador, se dicta sentencia condenatoria ordenando el pago de una multa.
 
                        - Si el infractor no se conforma con la sanción impuesta o asiste con posterioridad al día de la citación, tiene derecho a solicitar una reconsideración de lo resuelto, llenando el formulario denominado “RECURSO DE REPOSICIÓN”, el cual se encuentra a disposición del público en el mismo mesón y debe ser presentado dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación del fallo.
 
                     
                 | 
            
            
                | COSTOS | 
            
            
                
                    
                        - El rango de la multa varía entre los 5 a 250 ingresos mínimos no remuneracionales.
 
                     
                 | 
            
            
                | OTRAS CONSIDERACIONES | 
            
            
                
                    
                        - En caso que la multa aplicada sea cuantiosa, en algunos casos las empresas pueden realizar un convenio de pago con la I. Municipalidad de San Antonio.
 
                     
                 |