DOCUMENTOS A PRESENTAR
• Ninguno.
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
• El Artículo 84° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, indica que las sesiones del Concejo será públicas, por lo que los ciudadanos pueden asistir a cada una de ellas. A menos que 2/3 de los concejales presentes acuerden reunirse en una “sesión secreta”.
• Por lo anterior, usted puede ser oyente de las sesiones del concejo de manera presencial (en las dependencias municipales) o de manera virtual (viendo la transmisión en vivo desde Facebook o Youtube).
COSTOS
• No existen costos asociados a este servicio.
OTRAS CONSIDERACIONES
• También se restringirá el ingreso de público cuando se vea afectado el normal desarrollo de la sesión. Así como también por razones de espacio y/o seguridad.
